Derechos y deberes de las personas con discapacidad

En 2006 se aprobaba la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, un texto que parte de los principios generales de no discriminación, participación e inclusión, respeto y aceptación hacia la diversidad humana, igualdad de oportunidades, accesibilidad, igualdad de género, y respeto hacia el desarrollo evolutivo de las personas con discapacidad.

En este artículo te explicamos en qué consiste este texto y cuáles son los derechos y deberes de las personas con discapacidad inherentes del mismo.

Qué supone la CRPD

La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD, por sus siglas en inglés) se aprobó en el año 2006 tras un largo proceso en el que intervinieron desde Estados miembros de la ONU hasta organizaciones no gubernamentales, con especial peso por parte de aquellas dedicadas al apoyo de personas con diversidad funcional y sus familias.

La CRPD es un instrumento jurídico de ámbito de aplicación internacional que ha tenido importantes consecuencias de cara a los derechos de las personas con discapacidad; entre ellas, ganar visibilidad como colectivo dentro del sistema de protección de los derechos humanos de la ONU. Por otro lado, la CRPD supone una herramienta jurídica vinculante para hacer valer los derechos de las personas con diversidad funcional.

Aunque el texto fue aprobado en 2006, éste no entraría en vigor hasta que fuera aprobado y ratificado por al menos 20 países miembros, como recoge en su artículo 45: “La presente Convención entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que haya sido depositado el vigésimo instrumento de ratificación o adhesión”. Así, en España entraría finalmente en vigor el 3 de mayo de 2008.

En verde oscuro, países que han firmado y ratificado la Convención. En verde claro, países que sólo la han firmado. Wikipedia.

Derechos y deberes de las personas con diversidad funcional

En el artículo 3 de la CRPD se recogen los principios en base a los cuales se formulan los derechos y deberes de las personas con discapacidad:

Los principios de la presente Convención serán:

  1. El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;
  2. La no discriminación;
  3. La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;
  4. El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas;
  5. La igualdad de oportunidades;
  6. La accesibilidad;
  7. La igualdad entre el hombre y la mujer;
  8. El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.

A raíz de ello y de distintos textos posteriores basados en la Convención, como la Carta de Derechos de las Personas con Discapacidad Intelectual de Madrid, los derechos y deberes de las personas con diversidad funcional se pueden resumir en los siguientes:

Derechos

  • Derecho a la igualdad y a la no discriminación.
  • Derecho a la accesibilidad.
  • Derecho a la vida.
  • Derecho a la protección ante situaciones de riesgo.
  • Derecho al igual reconocimiento como persona ante la ley.
  • Derecho a la justicia.
  • Derecho a la libertad y la seguridad.
  • Derecho a la protección contra la tortura y el trato inhumano.
  • Derecho a la integridad personal, y a la protección contra la explotación, la violencia y el abuso.
  • Derecho a la salud.
  • Derecho a la libertad de desplazamiento.
  • Derecho a vivir con independencia y a formar parte de la comunidad.
  • Derecho a la movilidad personal con mayor independencia posible.
  • Derecho a expresarse, a opinar y a acceder a la información.
  • Derecho al respeto de la privacidad.
  • Derecho al respeto al hogar, matrimonio, paternidad o familia.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho al trabajo y al empleo.
  • Derecho a un nivel de vida adecuado y a la protección social.
  • Derecho a participar en la vida política y en la vida pública.
  • Derecho a participar en la vida cultural y las actividades recreativas.

Deberes

  • Deber de respetar a todas las personas, así como sus bienes, su vida y su intimidad, y también al resto de animales y seres vivos.
  • Deber de tratar con igualdad y no discriminar.
  • Deber de informarse y cumplir con las obligaciones.
  • Deber de participar activamente de la vida en la comunidad.
  • Deber de respetar la libertad de los demás.
  • Deber de conocer los derechos individuales y colectivos.

¿Conocías los derechos y deberes de las personas con discapacidad? Para ampliar información puedes consultar el texto íntegro de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio